martes, 21 de mayo de 2024

Colombia: esperar el caos o restaurar el orden

Luis Alfonso García Carmona

Luis Alfonso García Carmona

Como respuesta al clamor nacional por la separación de Petro y su cuadrilla de los más altos cargos del Estado, sintetizado en el lema “¡Fuera, Petro!” que retumba en todos los rincones de la Patria, ha acelerado el sátrapa su estrategia para dar un golpe certero a la Constitución Nacional y aprobar de inmediato todos los despropósitos que ha anunciado para disolver las instituciones, desmoralizar las fuerzas armadas, despedazar la economía y convertir en esclavos del Estado a 50 millones de colombianos.

Después de llevar a cabo 78 encuentros con participación de guerrilleros, vándalos de la Primera Línea y organizaciones afines a la guerrilla y a sus ideas, el Comité Nacional de Participación, conformado en su gran mayoría por elementos de extrema izquierda, cuenta con un borrador que será discutido con el ELN en la mesa de diálogo que se inicia el próximo 20 de mayo. https://www.lasillavacia.com/silla-nacional/asi-es-el-borrador-sobre-la-participacion-de-la-sociedad-en-el-proceso-con-eln/

En dicho documento que, según el régimen, contiene recomendaciones “con fuerza vinculante”, se incluyen temas relacionados con elementos estructurales del Estado; cambios en la doctrina de seguridad y reformas a la fuerza pública; sustitución del sistema político, militar, económico y ambiental; desmantelamiento de clanes políticos que controlan la vida política, económica, cultural y social; cambio del modelo extractivo; cambio en  la tenencia de la tierra; transformación de las economías “ilegalizadas”, etc., sin contar con otros documentos en preparación que ahondarán los “ejes de la transformación”. Ni más ni menos que toda una carta constitucional, completamente contraria al contenido del orden constitucional vigente.

Estamos, queridos compatriotas, ante una alteración total, ilegítima e inmediata de nuestro orden constitucional, a espaldas de la mayoría de los ciudadanos y ante la indecisión de quienes tienen como fin esencial el mantenimiento del orden constitucional, al tenor de lo que reza el artículo 217de la Constitución Política.

Ha escogido el tirano un camino expedito, donde la autoridad está concentrada en su persona. La negociación de la “paz total” con el ELN será la disculpa para darse el autogolpe. No tendrá voces discrepantes en la dirigencia política que, como se ha palpado en estos meses, se ha puesto a su servicio en el Congreso y se ha marginado de cualquier asomo de apoyo a la acción constitucional consistente en un juicio político para separar del cargo a quien fue elegido fraudulentamente, en ejercicio de lo que dispone el artículo 1109 de la Constitución Política.

Por si quedare la más remota duda sobre la legitimidad de una eventual participación militar para restablecer el orden constitucional y evitar la debacle que planea desencadenar el tirano para perpetuarse en el poder, veamos las siguientes aclaraciones extraídas del ensayo jurídico “Modelo constitucional de la fuerza pública en Colombia”, de los juristas Daniel José Vásquez Hincapié y Luz Marina Gil García:

La investigación permite concluir que el constituyente modeló la fuerza pública y en especial su misión, como instrumento para cumplir los fines del Estado y, principalmente, para mantener el orden constitucional y proteger y garantizar los derechos y libertades de todos los residentes en Colombia.

La misión de la fuerza pública es de carácter instrumental, esto es, es uno de los medios o instrumentos del Estado para la consecución de sus fines (Corte Constitucional, sentencia C-872/2003). Como tal, los principios fundamentales de la norma superior legitiman y justifican su existencia permanente, tornándose inherentes y transversales a su misión de: defender y mantener, proteger y asegurar; y garantizar, lo cual se evidencia en los tres numerales que se desglosan a continuación: (…)

En relación con la defensa del orden constitucional, el tribunal Constitucional precisó:

Elementos centrales del orden constitucional lo constituye el cumplimiento pleno

(...) de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución (...)” (art. 2dº de la Carta) y la preservación del monopolio del uso de la fuerza y las armas en manos del Estado. (…)

El artículo 217 de la Constitución dispone que es función de las fuerzas militares garantizar el orden constitucional. Dicho orden no se limita a preservar la estructura democrática del país, sino que comprende el deber de participar activa y eficazmente (Constitución Política, art. 209) en la defensa de los derechos constitucionales de los asociados. tales derechos constituyen los bienes respecto de los cuales el Estado tiene el deber –irrenunciable– de proteger (sentencia Su-1184/2001).

Por disposición constitucional, las autoridades públicas, entre ellas la fuerza pública, tienen la posición de garante institucional de los deberes irrenunciables y propios de un Estado social de derecho. De ella, se derivan deberes jurídicos positivos (de hacer y no hacer) de seguridad y protección que incluyen precaución y prevención de los riesgos en los que se vean comprometidos los derechos y libertades de los ciudadanos que se encuentran bajo su cuidado, en los términos de la Constitución Política y las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y de los Derechos Humanos (Corte Constitucional, sentencia Su-1184/2001). A las fuerzas militares (art. 217 Constitución Política) les corresponde: la defensa de la soberanía, (Corte Constitucional, sentencia C-048/2001), la independencia, la integridad territorial (Corte Constitucional, sentencia t-439/1993) y el orden constitucional. Es decir, tienen como misión el mantenimiento de las “condiciones estructurales de seguridad” del Estado, según manifestó la Corte Constitucional en sentencia Su-1184/2001.

Existiendo un peligro cierto para la vigencia de las condiciones de seguridad del Estado, cuyo mantenimiento ha sido asignado por la Constitución a las fuerzas militares, sólo cabe esperar, dentro de lo razonable y con la mira puesta sólo en el bien de la Patria, las decisiones que desarrollen ese fin esencial de nuestro gloriosas fuerzas militares, antes de que se ponga en marcha la demoníaca estrategia que adelantan de consuno el régimen, el ELN, los vándalos y sus socios del narcotráfico.