Por Antonio Montoya H.*
Es importante que todos los ciudadanos de
Colombia, entendamos que la revocatoria
no es algo surgido de la nada, que no existe, que es algo que se inventan
algunas personas para tratar de hacer daño a un alcalde o gobernador. Es
entonces vital aclarar que la revocatoria
es un derecho político, previsto en la ley colombiana, específicamente en la Ley
134 de 1994, en virtud de la cual los ciudadanos pueden dar por terminado el
mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
Se aplica el mismo concepto imperante en el
derecho que indica que las cosas se deshacen en la misma forma como se hacen. Vale decir,
si al alcalde o gobernador se eligió por votación popular, se requiere entonces
el mismo procedimiento, una nueva convocatoria a elecciones para que se decida
mediante votación si se revoca ese mandato o continúa.
No es tarea fácil obtener mediante votación la
revocatoria. Les cuento que en Colombia se han intentado 109 acciones
revocatorias y ninguna ha prosperado, han fallado por múltiples motivos entre
los cuales puedo mencionar el que eran acciones caprichosas, sin motivos reales
o resultado de odio o venganza frente al mandatario elegido.
Por ello, una acción revocatoria tiene que
tener fundamentos que permitan que el proceso se desarrolle favorablemente, que
exista en la mente de los ciudadanos verdaderos sentimientos que permitan
aglutinar la idea y sea posible obtener el resultado positivo, que lo que se
invoque sea verdad, no fruto de la imaginación, sino de hechos claros y
concretos que demuestren que quien gobierna genera una insatisfacción general
frente a la labor que realiza, o existe un claro incumplimiento del programa
por el cual fue elegido.
La solicitud de la revocatoria se debe
presentar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil en un tiempo no menor
de un año, contado a partir del momento de la posesión, lo que claramente
indica que cualquier proceso revocatorio en Colombia debe iniciarse el dos (2)
de enero de 2021.
Por eso no es sorpresa para ningún alcalde o gobernador
que los procesos revocatorios se inicien, la ley da esa posibilidad y si ellos
en el primer año de gobierno en vez de unir, construir, formular proyectos y
propuestas serias se dedican a lo contrario, a gobernar en nombre y favor de
otros sectores externos, a no mantener la unidad social, a ir en contra de la
tradición y la historia, a cometer errores uno tras otro, pues deben entender
que van intentar revocarlos. Este es un proceso legal, no contra la persona
sino contra la forma de gobernar, quien debió procurar mantener el buen
gobierno y no lamentar ni tratar de desestimar a quienes lideran los procesos
revocatorios.
Durante los días finales del mes de octubre y
los meses de noviembre y diciembre, los movimientos civiles que lideren la
revocatoria ya sea en Medellín o cualquier otro lugar del país, deben actuar
con eficiencia, sin mentir, convenciendo a los ciudadanos de que el proceder
del alcalde o gobernador perjudica al municipio o al departamento, y, sobre todo,
deben ser movimientos ciudadanos no liderados por partidos o grupos políticos
tradicionales. No se trata de partido, se habla es de incumplimiento de programas
o de insatisfacción general, no que sea de derecha, izquierda o centro, sino
que no conduce por el camino adecuado a la gente, a sus ciudadanos.
Gobernar es sin duda un arte, el del buen
gobierno, el adecuado manejo del erario; generar empleo, seguridad, educación y
bienestar son sus funciones, el que no tenga esos objetivos claros debe ser
revocado.
Es cierto también que el proceso requiere el
lleno de requisitos de forma para que sea avalada la revocatoria. Se requiere
contar con un número de firmas de ciudadanos registrados en la ciudad o
departamento, no inferior al 40% de los votos válidos emitidos en la elección
del respectivo mandatario, que deben, con su firma y cédula, solicitar la
convocatoria a la votación para la revocatoria del mandato al gobernador o
alcalde. En Medellín, se requieren noventa y dos mil (92.000) firmas válidas
para el proceso revocatorio.
Al final de cuentas si se cumplen requisitos y
se llama a elección revocatoria, esta prosperará si se obtiene la mitad más uno
de los votos ciudadanos que participen en la convocatoria, siempre y cuando el
número de votos no sea inferior al cuarenta por ciento ($40%) de la votación
total válida registrada el día en que se eligió al mandatario.
No es fácil revocar a alguien, pero, si se hace
con trabajo, unidad de objetivos y adecuada planeación se logra el objetivo y
se puede demostrar que no existe persona alguna por encima de los ciudadanos,
que el mandato popular es para cumplirlo y satisfacer la ciudad y sus
ciudadanos, no es para la gloria personal o para pensar en otros ascensos en
sus carreras, es y debe ser un servicio en favor del ciudadano.
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