lunes, 6 de septiembre de 2021

La tutela

Antonio Montoya H.
Por Antonio Montoya H.*

Es sin duda alguna, una de las grandes innovaciones que trajo la Constitución del 91, está prevista en el articulo 86, y expresa que “toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados  por la acción u omisión de cualquier autoridad pública”.

Sigue expresando el mencionado artículo, que podrán leer detenidamente, que esta acción “solo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. La ley establecerá los casos en que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación e indefensión”.

Esta norma constitucional, fue reglamentada posteriormente en el año 1991, originándose desde allí hasta nuestros día una proliferación de acciones de tutela contra todos los entes privados, públicos y los que se ocurran, desvirtuando el verdadero sentido de la norma que era la protección de los derechos fundamentales, porque en mi opinión los jueces de la República consideran que todo es violatorio de esos derechos y aceptan las tutelas hasta en casos como por ejemplo que a un niño no le dan un cono. El verdadero propósito se perdió y hoy uno de los problemas de los juzgados es el exceso de tutelas que deben atender y fallar, que interrumpen la habitualidad y orden de los procesos judiciales, porque esta se tiene que decidir rápidamente en un término perentorio de diez días hábiles.

Yo diría que hoy nos encontramos ante un exceso de tutelas, que podríamos llamar la época de la “tutelitis”, todo es violación a los derechos fundamentales y no es verdad que todo sea así, el titulo II de la C. N. que habla de los derechos, las garantías y los deberes, se refiere a estos de una forma clara y precisa, por ende todo no es fundamental y allí es donde los jueces de la república aplican su propio derecho, no  respetan la jurisprudencia, la doctrina, ni aun la ley, fallan en su leal saber y entender, lo cual es grave cuando se refiere al ejercicio especifico de esta acción.

Veo que aceptan tutelas en el ámbito del derecho privado y en relaciones de negocios que pueden ser resueltas en la jurisdicción ordinaria, por ende, se rompe el orden jurídico.

Si bien es cierto, en muchos casos la tutela es efectiva, necesaria, no pudiéndose negar el avance proteccionista con esa norma jurídica, si es necesario pensar, estudiar, proponer y discutir una reforma legal que permita que el resultado sea más efectivo y no perjudique el diario trascurrir de los juzgados por cuanto ello genera atraso y un colapso todavía peor de la justicia.

Propondría que las tutelas lleguen a jueces únicamente dedicados a estudiar y fallarlas, relacionados con su especialidad, es decir jueces de tutelas para la rama laboral, civil, comercial, contenciosa, y demás temas, y que estas si son por ejemplo laborales no sean estudiadas y falladas por jueces civiles, porque ahí caemos en un gran problema, no todos los jueces dominan otras ramas del derecho y pueden equivocarse de buena fe en el fallo.

También propondría que las tutelas se presenten ante los jueces de circuito y se apelen ante el tribunal superior correspondiente, en una sala de tutela, así evitaremos miles de casos patéticos que generan poca credibilidad en la justicia.

Para no dejar en el aire este asunto pongo como ejemplo que hoy en la actualidad en un caso que ocurre en Bogotá, puede ser interpuesta una tutela en un municipio de otro lugar distante a donde surgen los hechos, lo cual obviamente no es lógico, pero ocurre. Jueces de inferior categoría paran el desarrollo del Estado, torpedean y paralizan obras o decisiones, y así es como creamos el caos.

En fin, hablo de este tema porque lo vivimos en el sector privado, es una realidad y por ello reflexiono sobre la posibilidad de reformar la tutela para que no pierda su esencia y logre efectivamente proteger a los ciudadanos en la vulneración de sus derechos fundamentales. Vale la pena darnos la pela y analizar este tema que, efectuando algunos pequeños cambios en su reglamentación, podría ayudar a recuperar la fe en la justicia.