Luis Alfonso García Carmona
Dos lamentables
acontecimientos recientes, el sangriento conflicto de guerrillas y
narcotraficantes en la zona del Catatumbo que deja ya 80 asesinatos y 40.000
desplazados, y el innecesario y ridículo enfrentamiento del presidente Petro
con el señor Donald Trump, presidente de los Estados Unidos de América, tienen
en vilo la tranquilidad de los colombianos y hacen necesaria una reacción
masiva e inmediata para salvar al país de semejantes infortunios que nos
llevarán a la más absoluta ruina en todos los órdenes.
Por graves que
hayan sido estos peligrosos incidentes, no son sino la forzosa consecuencia de
lo que ha ocurrido en los dos años y medio de gobierno de esta inútil y
fanatizada camarilla petrista obsesionada por implantar a como dé lugar
el socialismo del siglo XXI, perpetuarse en el poder, desmantelar nuestras
instituciones comenzando por las Fuerzas Armadas, y dejar la economía en ruinas
como casi lo logran los chapuceros y torpes trinos del guerrillero-presidente
en contra del primer mandatario de Estados Unidos.
Ya está bien de
pasar agachados ante tan dolorosos hechos que nos dejarán sin libertades, sin
seguridad, sin ninguna clase de bienestar y sin país. No podemos, cualquiera
que sea nuestra orientación política o clase social, seguir sordos y mudos ante
tanta iniquidad.
Por estas razones
es inaplazable la salida del solio de Bolívar de este peligroso sujeto que se
coló en tan elevado cargo merced al fraude, a la alcahuetería de los
funcionarios electorales y los órganos de control que no operaron ni para
vigilar los fraudulentos escrutinios, ni la violación de los topes financieros
de la campaña, ni la protuberante violación de la Constitución al posesionar
como presidente a quien había sido condenado por un delito intencional sin
haber recibido jamás indulto alguno.
Como una solitaria
voz en el desierto vengo sosteniendo desde hace varios meses que el medio más
expedito para solucionar este gravísimo problema al que está sujeto el país es
la aplicación inmediata de los arts. 217 y 218 de la Constitución, que señalan
de manera transparente que las Fuerzas
Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía,
la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden
constitucional. Y que la Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de
naturaleza civil, a cargo de la nación, cuyo fin primordial es el
mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y
libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en
paz.
Hoy, más que nunca, los colombianos esperamos que tanto las Fuerzas
Militares como las de la Policía Nacional cumplan con esa finalidad
primordial que les dicta nuestra Constitución. Si no es ahora, cuando el
país se derrumba por obra y gracia de un Gobierno incompetente, perverso,
corrupto y empeñado en la destrucción del orden constitucional y de la
convivencia, ¿para cuándo lo vamos a dejar?
Los fundamentos jurídicos de esta petición están muy claros.
Establece al artículo
217 de la C. P.:
“La Nación tendrá para su
defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la
Armada y la Fuerza Aérea.
Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la
soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden
constitucional.”
La norma transcrita ordena de manera que no admite otra interpretación,
que es finalidad de las Fueras Militares el restablecimiento del orden
constitucional.
Por si quedare la
más remota duda sobre la legitimidad de una eventual participación militar
para restablecer el orden constitucional y evitar la debacle que planea
desencadenar el tirano para perpetuarse en el poder, veamos las siguientes
aclaraciones extraídas del ensayo jurídico “Modelo constitucional de la fuerza
pública en Colombia”, de los juristas Daniel José Vásquez Hincapié y
Luz Marina Gil García:
“La investigación
permite concluir que el constituyente modeló la fuerza pública y en especial su
misión, como instrumento para cumplir los fines del Estado y, principalmente,
para mantener el orden constitucional y proteger y garantizar los derechos y
libertades de todos los residentes en Colombia.”
“La misión de la fuerza
pública es de carácter instrumental, esto es, es uno de los medios o
instrumentos del Estado para la consecución de sus fines (Corte
Constitucional, sentencia C-872/2003). Como tal, los principios
fundamentales de la norma superior legitiman y justifican su existencia
permanente, tornándose inherentes y transversales a su misión de:
defender y mantener, proteger y asegurar; y garantizar, lo cual se
evidencia en los tres numerales que se desglosan a continuación: (…)”
En relación con la defensa
del orden constitucional, el tribunal Constitucional precisó:
Elementos centrales del
orden constitucional lo constituye el cumplimiento
pleno
“(...) de los principios, derechos y deberes
consagrados en la Constitución (...)” (art. 2º de la Carta) y la preservación del
monopolio del uso de la fuerza y las armas en manos del Estado. (…)
El artículo
217 de la Constitución dispone que es función de las Fuerzas Militares garantizar
el orden constitucional. Dicho orden no se limita a preservar la estructura
democrática del país, sino que comprende el deber de participar activa y
eficazmente (C.P. art. 209) en la defensa de los derechos constitucionales de los
asociados. Tales derechos constituyen los bienes respecto de los cuales el
Estado tiene el deber –irrenunciable– de proteger (sentencia Su-1184/2001).
Sobre el artículo 218 de la C. P.
En relación con la Policía Nacional, la Constitución Política, en
el Capítulo 7 que trata de la fuerza pública, dispone:
“Artículo 218.- (….) La Policía Nacional es un cuerpo armado
permanente de naturaleza civil, a cargo de la nación, cuyo fin primordial es el
mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y
libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en
paz.”
Es consecuente con la relación de hechos aquí expuestos que no existen
actualmente en nuestra sociedad las “condiciones necesarias para el
ejercicio de los derechos y libertades públicas” y “para asegurar que
los habitantes de Colombia convivan en paz”. Ordena la norma
constitucional que es el fin primordial de la Policía Nacional el “mantenimiento
de tales condiciones”. Se deduce lo anterior que corresponde a la
Policía Nacional, en unión de las Fuerzas Militares, devolver a la Nación tales
condiciones que constituyen su fin primordial, por encima de cualquier
otra tarea o misión que se pretenda asignársele.
En este momento histórico acudimos a nuestros soldados y policías, como
única esperanza de los colombianos, para que salven a la Patria acogiendo
nuestras urgentes peticiones:
Primera.- Que las
Fuerzas Militares y de Policía, de conformidad con la finalidad que les ha
impuesto la Constitución de Colombia, asuman el poder político en forma
temporal, con los objetivos de restablecer las condiciones estructurales de
seguridad del Estado y proteger la vigencia e integridad de la Constitución
Política.
Segunda.- Que, en
desarrollo de los objetivos propuestos, sean separados de sus cargos el presidente
y la vicepresidenta, elegidos en forma ilegal y violatoria de la
Constitución y la Ley.
Tercera.- Que, en el
tiempo prudencial que las Fuerzas Militares y de Policía consideren necesario
para el cumplimiento de su misión, se restablezca el orden público, se eliminen
las causas de alteración del mismo, se lleve a cabo el saneamiento del
sistema electoral y se convoque a elecciones para presidente, vicepresidente
y Congreso.
Esta responsabilidad
debe ser compartida por todos los compatriotas a quienes les duela el país,
participando en firmatones, en marchas masivas exigiendo acción inmediata
contra Petro y sus secuaces, elevando derechos de petición a la cúpula militar,
compartiendo con los contactos de cada uno esta cruzada que tiene, sí o sí, que
terminar con la victoria del pueblo colombiano contra esta tiranía comunista y
corrupta.