Luis Alfonso García Carmona
Los cultivos de hoja de
coca en Colombia cerraron en 2023 con 246.000 hectáreas, una cifra
récord que representó un aumento respecto a lo detectado en diciembre del año
anterior, cuando también se llegó al registro más alto hasta entonces[1].
Las cifras económicas
del negocio de la cocaína son espeluznantes. Colombia exporta a Estados Unidos
19.000 millones de dólares al año. El negocio de la coca representa el 2,9% del
PIB.
El peso del poderío
económico de este ilícito negocio se incrementa ante la disminución
progresiva del resto de las exportaciones. La política presidencial de
proscribir la explotación de petróleo hará que las exportaciones de este
rubro sean desplazados por las de la coca que arrojan una tendencia al alza.
No puede ser más dañino
el impacto de esta errada política. Nuestra juventud ha pasado a ser también consumidora
del alucinógeno con graves daños para salud física y mental. El acceso
desde temprana edad a tan rentable actividad genera aspectos de comportamiento
reprobables y dañinos para la vida en sociedad. La destrucción de selva
tropical y el derrame de químicos utilizados en el procesamiento de la hoja
perjudican el medio ambiente en zonas que debieran ser conservadas. La penetración
del sucio dinero de la coca en todos los estamentos envenena la sociedad
entera y la condenan a un indeseable futuro[2].
Frente a este dantesco
cuadro de desgracias, la respuesta del Gobierno ha consistido en abandonar la
lucha contra el aumento de los cultivos, suspender los ataques a los
laboratorios, reducir a la mitad las ya pobres metas en materia de
erradicación, no utilizar la aspersión aérea para fumigarlos, amparar con
impunidad a los capos de la droga como compensación al apoyo brindado al
presidente en su campaña, descartar la extradición de los capos, abstenerse de
expropiar los bienes de los narcotraficantes y de ejercer control sobre los
precursores utilizados para el procesamiento de la coca. Se han suspendido los
planes multinacionales de interdicción aérea y marítima que en el pasado
produjeron considerables incautaciones. En suma, no existen planes para la
reducción del tráfico de estupefacientes, pero sí suficientes elementos que
asegurarán su crecimiento en los próximos años. Cada vez podremos
afirmar con mayor propiedad que Colombia se ha convertido en un narcoestado.
Si nos atenemos a las
siguientes disposiciones constitucionales, estas han pasado a convertirse en
letra muerta, es como si no existieran para el presidente que juró defenderlas:
Preámbulo.- “El orden
político, económico, y social justo” que proclama la
Constitución es incompatible con la prevalencia de la actividad cocalera.
Art. 2.- “Son
fines esenciales del Estado: (…) promover la prosperidad general y
garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados
en la Constitución (…)
Art. 2.- “Las
autoridades de la República están instituidas para (…) asegurar el cumplimiento de los
deberes sociales del Estado (…)”
Art. 4.- “Es deber de
los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las
leyes.”
Art. 8.- “Es
obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y
naturales de la nación”
Art. 366. “El bienestar
general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son
finalidades sociales del Estado.”
Está claro para
cualquier desprevenido espectador de la vida nacional que la política de
favorecimiento al sucio negocio de la cocaína por parte del régimen petrista
atenta de manera grave contra el orden político, económico y social
justo, la prosperidad general, la efectividad de los derechos y
deberes consagrados en la Constitución, el cumplimiento de los deberes
sociales del Estado por parte de las autoridades de la República, la protección
de las riquezas culturales y naturales de la nación y el mejoramiento de
la calidad de vida de la población, mandatos expresos del texto
constitucional.
¿A quién le corresponde
el restablecimiento de este orden aniquilado por la acción gubernamental? Lo
aclara de manera contundente la misma constitución en las siguientes normas de
obligatorio e inmediato cumplimiento:
Art. 217. - La
Nación tendrá para su defensa unas fuerzas militares permanentes constituidas
por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Las fuerzas militares tendrán
como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la
integridad del territorio nacional y del orden constitucional.
Art. 218. - La ley
organizará el cuerpo de policía. La Policía Nacional es un cuerpo armado
permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el
mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y
libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en
paz.
En este vital aspecto,
como en los demás que hemos venido difundiendo, estamos los colombianos a la espera
de la acción constitucional y salvadora de nuestra fuerza pública, para
devolver a la Nación el orden constitucional y la esperanza de un resurgimiento
acorde con nuestros valores, nuestra historia y nuestro potencial humano.