Luis Alfonso García Carmona
Establece
el art 189 de la Constitución Política: “Corresponde al presidente de la República como jefe
de Estado, jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa: (….) 4. Conservar
en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.”
Es un desarrollo del preámbulo
de la Constitución que predica : “El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios
a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el
fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida,
la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la
libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que
garantice un orden político, económico y social justo, (….)" [1]
Es claro para cualquier ciudadano, ya sea que habite en los centros urbanos o en las áreas rurales, que el orden público se ha deteriorado y que la inseguridad se ha apoderado del país no solo estadísticamente, sino mediante el generalizado temor por la desprotección de la población. El Gobierno tampoco, en este vital renglón, ha cumplido con sus obligaciones fundamentales. Así se lo hicieron saber los congresistas al ministro de Defensa[2].