martes, 26 de marzo de 2024

La jugada final

Luis Alfonso García Carmona
Por: Luis Alfonso García Carmona

Aquello de que no hay peor ciego que el que no quiere ver se repite a diario en la política colombiana. Pruebas al canto:

“Diálogo sí, concertación sí, pero con el pueblo en las calles. Si las instituciones que hoy tenemos en Colombia no son capaces de estar a la altura de las reformas sociales que el pueblo, a través de su voto, decretó, demandó, mandó y ordenó, entonces no es el pueblo el que se va arrodillado hacia su casa, derrotado. Son las transformaciones de esas instituciones las que se tienen que presentar. No es el pueblo el que se va, es la institución la que cambia. Esa es la historia de la democracia y de los pueblos libres. Y, por tanto, si esta posibilidad de un gobierno electo popularmente, en medio de este Estado y bajo la Constitución de Colombia, no puede aplicar la Constitución porque lo rodean para no aplicarla y le impiden, entonces Colombia tiene que ir a una Asamblea Nacional Constituyente”, dijo Gustavo Petro durante un discurso desde Puerto Resistencia, en el centro de Cali. (Petro acelera plan castrochavista con llamado a una constituyente – La Linterna Azul (wordpress.com).

No obstante la gravedad y contundencia del anuncio por parte de quien ejerce el mandato presidencial, continúan los “fabricantes de felicidades” a la caza de conciliatorias justificaciones en abierta contradicción con nuestra triste realidad política.

Confunden el llamado a la implantación del régimen comunista con los rutinarios comicios para cambio de caras en los vehículos oficiales.

Frente a una declaratoria de guerra a los partidos políticos no afectos al régimen, responden con parciales rechazos a los proyectos gubernamentales o con inútiles críticas al presidente o a sus subalternos, sin un determinado y eficaz propósito de cambio en la gestión pública.

No falta quien, haciendo gala de angelical inocencia, solicita al presidente que renuncie con dignidad, como si semejante alternativa fuese posible en la retorcida mente del sátrapa.

Tampoco hemos estado libres de estrambóticas propuestas como la de que seamos los antioqueños quienes, con nuestros propios recursos, prestemos o regalemos al Gobierno el dinero para que termine las obras públicas que Antioquia necesita, mientas el régimen dedica el presupuesto del Estado a tumbar la Constitución, armar ejércitos irregulares de vándalos e indígenas y perpetuarse en el poder de la mano del ELN.

Si nuestros dirigentes no estuvieran afectados de miopía política irreversible, o apegados indisolublemente a sus particulares intereses no habrían cohonestado la trágica coyuntura que atravesamos. En 2016 se tragaron el robo del plebiscito cuando una mayoría parlamentaria conformada por la coalición FARC-Santos aprobó el acuerdo de La Habana que había sido rechazado mayoritariamente por el pueblo soberano, violando de manera ostensible el mandato de la misma Corte, que había sentenciado:

“…si el plebiscito no es aprobado, bien porque no se cumple con el umbral aprobatorio, o cumpliéndose, los ciudadanos votan mayoritariamente por el “no”, el efecto la imposibilidad jurídica de implementar el Acuerdo Final, comprendido como una política pública específica.” (Corte Constitucional, Sentencia C-379 de 2016).

No se acordaron tampoco nuestros políticos, nuestras cortes, nuestros organismos de investigación, de que, a la luz del ordenamiento jurídico colombiano, Petro no podía ser elegido presidente.

“Nuestro redentor de marras fue condenado a pena privativa de la libertad por la Justicia Penal Militar que a la sazón regía para sancionar graves atentados contra el orden público. A la luz de los artículos 179-1 y 197 de la Constitución Política no podría haber sido elegido como congresista ni como presidente. Pero cuando se demandó una elección suya, el Consejo de Estado desestimó la acción por cuanto no se pudo demostrar la condena mediante copia auténtica de la sentencia respectiva. ¡Alguien sustrajo del expediente el documento original, incurriendo de ese modo en el delito de falsedad documental! Dicho en plata blanca, el que nos desgobierna ocupa su alto cargo gracias a esa falsedad documental que a la justicia no se le ocurrió investigar ni sancionar.” (https://lalinternaazul2.wordpress.com/2024/03/16/un-prontuario-tenebroso/ )

¿Para qué hurgar sobre esas pequeñeces si ya todo estaba acordado? En el remedo de elección se acumuló el máximo número de irregularidades, que jamás se había reunido en un comicio presidencial, pero nadie quiso investigarlas. En oscuro conciliábulo con mayoría de representantes del Pacto Histórico se acordó que no había mérito para revisión, reconteo o repetición del ejercicio electoral.

Como decíamos antes, ahí tenemos varias pruebas sobre la ceguera o complicidad de una clase dirigente que ha sido inferior a su misión. ¿No es en estos casos de crisis cuando se debe actuar para defender a la población de la tiranía, preservar nuestras instituciones democráticas y asegurar el futuro de las próximas generaciones?

Repito para que se me entienda: Con el aval de la Corte Constitucional al inválido acuerdo de La Habana, la elección de Petro a la Presidencia a pesar de estar condenado, y su posesión después de un fraudulento e indigno proceso de elección ya denunciado ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara, no queda la menor duda sobre los protervos propósitos de Petro para instalar, a las buenas o a las malas, el régimen comunista en Colombia.

Cumplimiento de la Constitución

Para mayor claridad de lo aquí expuesto, vale la pena finalizar recordando los siguientes mandatos de la Constitución de Colombia:

La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece (Art. 3)

Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes (Art. 95, inc. 2)

La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Las Fuerzas Militares tendrán como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional (Art.217)

De su repaso me surgen estas finales conclusiones:

Primera.- Si la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, ¿podría una mayoría parlamentaria sustituir al pueblo para aprobar un acuerdo modificatorio de la política y de la Constitución en violación flagrante de las normas dictadas por la propia Corte para la convocatoria del plebiscito?

Segunda.- Si la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, ¿le está permitido al presidente delegar en una masa de hecho, sin ninguna credencial política ni jurídica, a quien él mismo llama “pueblo” aprobar las reformas a la Constitución para convertir a Colombia en un país comunista?

Tercera.- Por ninguna parte establece la Constitución que el presidente no esté obligado a cumplirla; por lo tanto sus actos en contra de la misma son inanes o nulos o inválidos.

Cuarta.-La defensa de la soberanía nacional y el orden constitucional son fines primordiales de las Fuerzas Armadas. Por lo tanto, les corresponde por mandato constitucional defender la soberanía en cabeza del pueblo que es su titular. ¿Hasta cuándo debe esperar el pueblo para que las Fuerzas Militares y de Policía cumplan con ese deber por encima de los caprichos del espurio presidente y su camarilla de cómplices en el poder?