Por Antonio Montoya H.*
Días atrás, en entrevista que realicé con el doctor Enrique
Gómez Martínez, presidente del Movimiento de Salvación Nacional, expresó una
propuesta que con el trascurrir de los días me ha ido gustando más, que puede
conllevar a una rápida aplicación de justicia en aspectos laborales y que sin
duda alguna disminuiría la congestión en el país sobre estos aspectos.
Decía él que muchos de esos despachos judiciales podrían
quedar libres y disponer de ellos para aplicar justicia en otras diversas áreas
del poder jurisdiccional, ya sea en lo penal, civil, o contencioso, y aún más,
se podrían poner a disposición de la fiscalía, si los procesos laborales que surgen
por el no pago de liquidación de
prestaciones sociales o indemnizaciones, tienen un manejo administrativo, es
decir pasar de un modelo judicial para lograr el pago de algo cierto como lo es
lo referente a salarios, prestaciones e indemnizaciones de un trabajador y
convertirlo en una sanción económica a cargo del empleador si no se cancelan
estas en un tiempo prudente de treinta días calendario. Pero, además, entre las
partes podrían hacerse acuerdos de pago de estas que evita el tipo
sancionatorio y que hace más difícil la situación al empresario.
Es sin duda alguna un cambio disruptivo, que tiende a disminuir
el conflicto laboral, cuando no tiene por qué haber conflicto. Es cierto, que
quien vincula a un trabajador sabe y conoce las consecuencias del no pago
oportuno del salario, prestaciones sociales, aportes a la seguridad y demás
obligaciones surgidas del contrato, no tiene por qué requerirse una sentencia
que ordene ese pago, y, por ende, bajo sanción, a quien no cancele a tiempo se
evita el desgaste de la justicia.
Es un tema de hondo contenido social, de los que
verdaderamente producen un cambio significativo en la mente del empresario y es
que, si contrata a un ser humano bajo la modalidad laboral, asuma las
consecuencias y no diluya la responsabilidad en el tiempo amparado en la
decisión judicial, que en múltiples ocasiones es esperada por el empleador y,
mientras tanto, es el trabajador con su familia el que sufre las consecuencias
económicas de no recibir lo que corresponde al terminar el contrato.
Obvio, como lo dije antes, que pueden surgir efectos
negativos para el empresario por situación de mercado, economía o pandemia como
la que estamos apenas superando, pero no es obstáculo para que entre el
empleador y el trabajador se encuentre directamente una solución bajo un
acuerdo en el tiempo de pago de las prestaciones y demás obligaciones laborales;
si conversan se logra el acuerdo y se evitan para las partes grandes
sinsabores.
Por todo ello, considero que esa propuesta debe llegar a
convertirse en ley de la República, amerita un trabajo legislativo que lleve a
los legisladores a apreciar la importancia del cambio y el mejoramiento en la
condición económica del trabajador y a que comprendan los empresarios y
trabajadores que un buen acuerdo conlleva a un clima laboral bueno, porque los
demás compañeros perciben esos acuerdos de una manera positiva.
Seguiremos hablando en otro artículo de la importancia del
tema indemnizatorio y de lo vital que es quitarla para los nuevos contratos
mejorando un poco el salario, es decir diferenciándolo de los otros, será más
fácil contratar para los empleadores y ayuda a la búsqueda de empleo formal a
muchos otros.