lunes, 28 de febrero de 2022

Umbral, cociente electoral y cifra repartidora

Gabriel Jaime Hurtado Restrepo*

Por Gabriel Jaime Hurtado Restrepo*

En mi anterior columna, referida a las elecciones del Congreso que se realizarán el próximo 13 de marzo, abordé los temas de las listas cerradas y abiertas y de las circunscripciones nacionales y territoriales.

Decía al final de ese artículo que, concluidas las votaciones, empieza el escrutinio o conteo de votos, y que el umbral, el cociente electoral y la cifra repartidora son los métodos a través de los cuales se asignan las curules, escaños o puestos.

En esta oportunidad explicaré dichos métodos de la manera más sencilla posible; espero lograrlo.

El procedimiento es independiente para cada corporación y circunscripción, y como bien lo expone la Cartilla de la Misión de Observación Electoral -MOE-, podría resumirse en los siguientes pasos:

1.     Determinar el número de curules a repartir

2.     Calcular el umbral

3.     Definir si se aplica la cifra repartidora o el cociente electoral

4.     Distribuir el número de curules de cada lista según su tipo (cerrada o abierta)

Lo primero que debemos tener claro es que, por regla general (hay algunas excepciones), para que candidatos que integran una determinada lista resulten elegidos, la lista debe alcanzar el umbral, esto es, obtener en la respectiva elección un número mínimo de votos. Dicho de otra manera, las listas cuya votación no supere en número de votos el umbral cuando este aplique, no serán tenidas en cuenta para la asignación de curules.

Para el Senado el umbral es el tres por ciento (3 %) de los votos válidos sufragados por esa corporación en la respectiva elección. Los votos válidos son los de todas las listas más los votos en blanco (se excluyen los votos nulos y los tarjetones no marcados).

El umbral es diferente para cada Cámara ya que depende del número de curules que se eligen por cada circunscripción. Así, si se eligen más de dos miembros el umbral equivale al 50 % del cociente electoral, si se eligen dos miembros corresponde al 30 % del cociente electoral y si se elige un miembro la curul se asigna a la lista mayoritaria.

El cociente electoral, que también es diferente para cada circunscripción de la Cámara, se computa dividiendo el total de votos válidos, por el número de curules a proveer. Calculado el cociente, se obtiene su 50 % o su 30 %, según el caso.

El umbral y el cociente son diferentes para cada Cámara porque recordemos que la Cámara de Representantes se elige por circunscripción territorial. En Colombia existen 33 circunscripciones territoriales, una por cada uno de los 32 departamentos del país y otra por el distrito capital. Cada una tiene derecho a un mínimo de dos curules y una más por cada 365.000 habitantes, o por una fracción mayor de 182.500.

Pasemos ahora a la cifra repartidora.

Esta se aplica en las elecciones a Senado y también a las Cámaras en las que se eligen más de dos curules, que son la mayoría.

Para calcular la cifra repartidora, se toman las listas que hayan superado el umbral respectivo y se ordenan decrecientemente, es decir, en el primer lugar se ubica la lista que obtuvo mayor cantidad de votos y en el último lugar la lista con la menor cantidad. Luego se divide el número de votos de cada lista por uno, dos, tres o más, hasta que se obtenga un número total de resultados igual al número de curules a proveer. El resultado menor se llamará cifra repartidora. Cada lista obtendrá tantas curules como veces esté contenida la cifra repartidora en el total de sus votos.

De esta manera con la cifra repartidora se determina la cantidad de curules o escaños que le corresponden exactamente a cada lista.

Si la lista es cerrada (o no preferente), el número de curules que le correspondieron se asigna a los candidatos que la integran en orden descendente tal como se haya conformado e inscrito la lista. Por ejemplo, si una lista cerrada tiene derecho a siete escaños, les corresponden a los siete primeros candidatos de esa lista en su orden.

Si la lista es abierta (o con voto preferente), el número de curules que le correspondieron se asigna a los candidatos que la integran que hayan tenido mayor votación, independientemente del orden o número que tenían en la lista, es decir, el orden se reorganiza. Por ejemplo, si una lista abierta tiene derecho a siete escaños, les corresponde a los siete candidatos de esa lista con mayor votación individual.

En algunos casos, cuando se vayan a elegir solo dos curules o cuando ninguna lista alcance el umbral, no se aplica la cifra repartidora sino el sistema de cociente electoral, que resulta de dividir el total de votos válidos por el número de cargos a proveer. A cada lista se le asignan las curules correspondientes al número de veces que su votación estuviera contenida en esa cifra. Si quedaren puestos sin proveer se asignarán a los residuos más altos en orden descendente.

Termino reiterándoles mi insistente invitación a votar masivamente en las elecciones del próximo 13 de marzo y a fomentar la votación en el círculo de influencias de cada uno. El Congreso es una institución crucial, quizás la que más, para nuestras libertades, democracia y futuro. Hagámoslo conscientemente por los candidatos que de verdad compartan y defiendan nuestros valores y convicciones. Un voto sí cuenta. Mi voto marcará la diferencia.

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