Por Antonio Montoya H.*
Uno de los avances más importantes que ha
tenido la humanidad es el de la propiedad intelectual, lo que significa el
reconocimiento al ser humano que, con su intelecto, creatividad y originalidad,
ha gestado los grandes desarrollos científicos, médicos, técnicos y artísticos
como la música, pintura, dibujo, escritura, escultura, y otros muchos más, que
nos han dado alegrías y quitado angustias a todos los seres. Ejemplo claro es
que hoy varios países investigan cómo lograr la vacuna que nos permita
controlar el virus del covid-19, logro que seguramente será patentado y
protegido como un tesoro. El laboratorio llenará sus arcas de dinero, gracias
al trabajo investigativo de médicos que han dedicado su vida a analizar las
formas de evitar que los virus diezmen a la humanidad.
Recordemos los grandes avances como la
penicilina, la energía, la fotografía, el avión, el automovilismo, la
televisión, y la tecnología que hoy nos facilita estar integrados al instante
con cualquier lugar del mundo. Son desarrollos que disfrutamos gracias a la
tenacidad de hombres inteligentes, que han visualizado la vida de una manera
creativa, y sus creaciones, aun con el pasar de los años, siguen estando en su nombre,
es decir la propiedad intelectual. Los derechos que de ellos se derivan siguen
radicados en ellos o en sus sucesores, lo cual compensa ese logro y esfuerzo, y
evita que otros se lucren de su capacidad intelectual. Vemos esa protección
para casi todos los creadores, por ejemplo, el pintor o sus herederos siguen
siendo los que reciben regalías que se generen por su invento o creación, y así,
sucesivamente, vemos como cada uno de ellos continúa, de generación en
generación, obteniendo beneficios económicos.
Pero, no siempre es así. En el tema del derecho
de autor, que en forma específica hace referencia al autor de la letra, al
compositor de la música ‒que en ocasiones es uno solo‒, al intérprete, al
ejecutante, y al productor fonográfico, no mantienen su familia o la disquera,
los derechos sobre su obra por toda la eternidad. Las personas jurídicas (como los
productores) lo hacen únicamente por 70 años a partir del origen del fonograma,
y los autores y artistas, personas naturales, solo por 80 años. Esto se ha
considerado un gran logro, porque en otros países el tiempo de protección es
menor.
Lo que debemos corregir son esas diferencias
que hacen vulnerable a las familias de los grandes genios del arte en nuestro
país. Un compositor y un intérprete, por más que sean recordados, después del
tiempo mencionado, su creación ya no le pertenece, se llama de dominio público,
y puede ser utilizada sin pago alguno de derechos patrimoniales.
A pesar de que su obra esté registrada en la Dirección
Nacional del Derecho de Autor, pasado el periodo de protección, ya no sirve ese
registro, esa protección se termina, lo cual no es justo para sus herederos
porque sus derechos se extinguen con el transcurso del tiempo.
Las grandes obras al piano de Mozart, Schubert,
Chopan, ya son de dominio público, no hay que pagar por ellas derechos por su
uso, y puede que sus descendientes aún vivan y sus necesidades económicas estén
allí presentes.
¿Por qué el derecho de propiedad privada no
tiene límite en el tiempo? Usted puede mantener su casa, apartamento, finca,
vehículos, en cabeza de su familia por todos los años, sin límite de tiempo, lo
cual está bien y así debe ser. ¿Por qué se puede mantener la propiedad de una
fábrica o negocio por siempre?, lo cual está bien. Si todo ello lo seguimos
protegiendo, por qué no mantenemos el derecho de los autores y compositores,
artistas y productores fonográficos de igual forma, por siempre. Son
inquietudes que debemos resolver en favor de los herederos o de quienes hayan
adquirido sus derechos.
Creo que si logramos presentar un proyecto de
ley que eleve el tiempo de protección o elimine la restricción para nuestros
artistas, autores, compositores, intérpretes, ejecutantes y productores
fonográficos, en general para los titulares, podríamos cambiar algo de lo que
queremos mejorar en nuestro país, igualdad de derechos, respeto por la
propiedad privada y vanagloria de aquellos que con su intelecto han logrado
avances significativos para el ser humano. Esto puede hacerse con el apoyo del gobierno,
Ministerio de Cultura, congresistas y todo el tejido social que profesa admiración
y respeto por la propiedad intelectual.
En Colombia se pueden registrar, al igual que el derecho de autor y conexo, la propiedad industrial: marcas, patentes, productos, inventos, todo ello para proteger la inteligencia humana, esa capacidad de creación que nos permite avanzar y superar las adversidades y obtener mejor calidad de vida. Por ello, invito a todo aquel que tenga algo para registrar que lo haga y proteja su creatividad.
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