Por Antonio Montoya H.*
Colombia es un país contradictorio, nosotros,
los ciudadanos, también lo somos. Nos la pasamos pidiendo acción, claridad,
gestión y cuando eso que es tan escaso se da ya la consideramos equivocada,
errónea y la criticamos fuertemente.
Me voy a referir a tres casos puntuales en los
que la justicia colombiana, específicamente el Consejo de Estado, alto tribunal
de la rama judicial, se pronunció y emitió tres sentencias que afectaron a tres
altas personalidades. Con dos de los fallos perdieron la curul Antanas Mockus y
Ángela Robledo; en el otro, la decisión fue favorable y se salvó la vicepresidenta
Marta Lucia Ramírez.
Me atrevo a decir que las tres decisiones
fueron acertadas, no obstante, los de la izquierda, comunistas y demás, corren
a opinar lo contrario, porque casualmente las tres sentencias fueron adversas a
sus intereses políticos. Aclaro no estoy defendiendo interés alguno en el tema
y no tomo partido, por ello, para que los ciudadanos con calma puedan
comprender la magnitud de lo ocurrido, enunciaré los elementos de cada uno de
los casos y así, al final, tomarán su propia decisión frente a la pérdida de
investidura de dos de ellos y a la conservación de la misma en el tercer caso.
Caso Antanas
Mockus: se
da la nulidad de la elección porque se demostró que Samuel Murrain, director
ejecutivo de Corpovisionarios, había firmado con el Estado un contrato, que es
igual a decir que se comprobó que actuó a nombre y representación de Antanas
Mockus, quien era el representante legal de dicha firma. Aunque fue por un alto
valor esto no tiene incidencia, lo que sí es de relevancia y objeto de la
nulidad de la elección es que se dio cuatro meses antes de las elecciones al Congreso
y violó de una manera clara la norma sobre contratación. Es cierto y no admite
duda en contrario que se firmó el contrato violando normas y por eso fue la
nulidad de la elección.
Caso Ángela
Robledo:
se demandó por la figura jurídica de la doble investidura al cambiar del Partido
Verde a la Colombia Humana, sin cumplir con los requisitos establecidos en la
ley. Para cumplir la norma y no perder la investidura debió renunciar al Partido
Verde doce meses antes de presentarse como candidata a la vicepresidencia por
el movimiento Colombia Humana, lo cual se convierte en un hecho evidente, que tampoco
admite discusión alguna, y por ende, probada la causal, la consecuencia es la pérdida
de investidura.
Caso Marta
Lucía Ramírez: fue demandada por las mismas razones que Ángela María
Robledo y por ende se buscaba la pérdida de investidura, pero el de uno y otro
fueron casos distintos, diferencia que fundamentalmente radica en que la
vicepresidenta no ocupaba ningún cargo de elección antes de postularse, su origen
fue distinto y de esa forma no tenía que renunciar a nada.
En conclusión, tres casos diferentes fallados
coherentemente. Así y todo, hay inconformismo. Dicen unos que se busca acabar
con la oposición, afirmación que no tiene sustento alguno. Se falló con base en requisitos previamente
establecidos, y fue por cuenta propia que perdieron la curul quienes la
perdieron, porque desde el principio se les dijo lo que podía ocurrir, porque
incumplieron con las reglas del juego. Aun así, no han tenido la dignidad de
reconocer su error y aceptar que la justicia operó en debida forma. Otros dicen
que son fallos amañados, pero no prueban por qué.
En estos casos se falló pronto, para unos en
justicia, para otros no, pero, la independencia de la justicia se vio, no
admite duda. Lo que debemos invitar es a que se acepten los fallos y se corrijan
los errores cometidos porque de lo contrario los volverán a cometer.
Esta semana tendremos un nuevo round, esta vez
en el Congreso, donde se debatirán las objeciones, si ganan los que están a
favor de no tener en cuenta las seis (6) objeciones presidenciales saldrán a
decir que ganó la justicia, si se logra aceptar alguna objeción dirán que se
está en contra de la paz. Por mi parte solicito respeto a las decisiones, sean
favorables o no, porque esa es la única forma de creer en la justicia y en el Congreso
de la República.