Luis Alfonso García Carmona
Y de la formalidad en
las relaciones laborales
La llegada del mes de
septiembre ha significado para los colombianos que estamos cerca de diciembre,
y que pronto podremos enjugar el dolor de las tragedias que vivimos con la
celebración en familia de la Natividad del Señor, disfrutar de unas merecidas vacaciones
y festejar la llegada de un nuevo año pletórico de esperanzas para nuestra
querida Patria.
Al mismo tiempo,
constituye un llamado de atención para que nos preparemos para las presiones de
toda índole encaminadas a reincidir en la peligrosa senda de decretar un
salario mínimo que nuestra economía, quebrantada por la torpe gestión del
pasado cuatrienio, no está en condiciones de soportar.
No hay que desconocer
que temas de la más apremiante urgencia demandan ahora las
preocupaciones del gobierno: la catástrofe del terremoto, los dolosos incendios
iniciados a partir del 7 de agosto para hacer “invivible” el país, la oleada
terrorista, el monumental problema de la salud, el déficit fiscal que cada vez muestra
cifras más escalofriantes, el saqueo del Estado revelado por el Libro de la
Verdad… y la noche que llega.
Sin embargo, es típico
de los líderes, no solamente enfrentar los retos con coraje, sino también convertirlos
en oportunidades para enmendar las malas prácticas políticas y
gubernamentales. Como lo ha reiterado el “tigre”: “vinimos a cambiar la
mala política para siempre”.
Que sirva este largo
exordio para proponer que, para la fijación del salario mínimo del 2027
se tengan en cuenta las siguientes reflexiones:
1. Que sea un instrumento
para motivar la generación de nuevos empleos, no para desestimularla como
tradicionalmente ha ocurrido. La caída del crecimiento económico y las
tragedias que afectan a un tercio del territorio, así lo imponen.
2. El salario mínimo
debe corresponder al nivel económico del patrón y al grado de desarrollo de
la región donde esté ubicado. No se puede comparar la capacidad de una
empresa como Bavaria en Bogotá, con una tienda de barrio en Cajibío, Cauca. Con
un salario unificado para todo el país, el salario deja de ser justo.
3. El salario no
puede ser inflacionario, porque los más perjudicados con la inflación no
son los más poderosos, ni la clase media, ni los que ganan sueldos por encima
del mínimo. Son justamente, los pocos trabajadores que ganan el salario mínimo.
4. La fijación del
salario mínimo debe depender de criterios eminentemente técnicos, no
políticos y basarse en datos estadísticos que permitan tomar la decisión
más acetada para el bienestar del trabajador y la subsistencia económica del
país.
5. Durante décadas
venimos discutiendo sobre la necesidad de formalizar las relaciones de
trabajo, sin éxito alguno. Son tan pesadas las cargas laborales,
parafiscales y tributarias que soporta el pequeño empresario, que lo obligan a
permanecer en la informalidad. Con la fijación de un salario justo, técnico,
flexible y basado en la realidad nacional, se podrá llegar a esa
formalidad, si se acompaña con rebajas en los gastos parafiscales, cargas
tributarias, etcétera, y supresión de inútiles trámites.
6. El meollo del asunto
está en que tanto empresarios como trabajadores y gobierno, estén dispuestos a
negociar un salario sobre las parámetros aquí mencionados o seguiremos con la
misma fórmula de siempre.
7. Nos queda la duda
razonable de cómo lograr que en el futuro no vuelva a ser aprovechada esta
coyuntura con fines politiqueros, y no se nos ocurre sino una sola
alternativa. Mediante una reforma normativa, señalar la fijación del salario
mínimo a una entidad que cuenta con la mejor información sobre la realidad
económica del país y es absolutamente independiente: El Banco de la
República. No sería una función extraña a sus poderes constitucionales ya
que el principal objetivo de la política monetaria es preservar la capacidad
adquisitiva de la moneda, es decir controlar la inflación, en
coordinación con la política económica general. Y, ¿qué mejor manera de
preservar el poder adquisitivo de la moneda y controlar la inflación que fijando
un salario mínimo legal que cumpla a cabalidad con tales objetivos?

